Con la aprobación de la Constitución Española en el año 1978 se
establece un nuevo marco jurídico de protección a la infancia. Se reconoce la
obligación de los poderes públicos de asegurar la protección de la familia,
especialmente la protección integral a los hijos (art 39.1 y 39.2 CE), se
reconoce a los niños la protección prevista en los acuerdos internacionales que
velan por sus derechos (art 39.4 CE) y autoriza a las CCAA para asumir plenas
competencias en materia social (art 148.1 CE).
Así, en el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid se desarrolla esta competencia, exclusiva en materia de asistencia social (art 26.18 EA CAM), aprobándose la Ley 6/1995, de 28 de marzo, de Garantía de los Derechos de la Infancia y la adolescencia en la Comunidad de Madrid.
Así, en el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid se desarrolla esta competencia, exclusiva en materia de asistencia social (art 26.18 EA CAM), aprobándose la Ley 6/1995, de 28 de marzo, de Garantía de los Derechos de la Infancia y la adolescencia en la Comunidad de Madrid.
En base a esta ley, la Comunidad de Madrid posee todo un abanico de asistencias e intervenciones relacionadas con la protección de los menores, ejerciendo medidas de protección como adopciones, acogimientos familiares, acogimientos residenciales, etc., además de desarrollar programas de apoyo y atención a la infancia, como los dirigidos a la atención de menores con discapacidad, a víctimas de abusos sexuales, programas I+I (Intervención Integral con menores en riesgo social, proyectos ADRIS e INDIS) o Dictamen de Situación de Urgencia Social de Menores, que es el que nos ocupa en esta ocasión.
Situación
de Urgencia Social
Cuando hablamos de una situación
de “Urgencia Social” nos estamos refiriendo a aquella situación excepcional o
extraordinaria y puntual en la que las familias no son capaces de atender
adecuadamente las necesidades básicas de sus pequeños, lo que puede afectar a
la integridad y desarrollo de los mismos.
Hablamos de
situaciones familiares críticas provocadas por episodios de maltratos,
exclusión social, dependencia, crisis familiares u otra similares.
Es decir, situaciones de
desprotección que afecta a una o varias personas, o incluso a un grupo
familiar.
Estas situaciones requieren ser
atendidas y frenadas mediante una acción inmediata de profesionales, poniéndose
en marcha procedimientos para atender, con la mayor celeridad posible, las
necesidades de los pequeños.
El primer paso es la
escolarización gratuita de los menores en centros de infantil y primario de la
Comunidad de Madrid, además de plantear soluciones y alternativas en el entorno
en el que se encuentra el menor, evitando en la medida de lo posible la toma de
medidas de protección y delimitando la intervención a ayudas sociales y/o
educativas con el fin de no separar a los niños de su ambiente familiar, si
procede.
En la Comunidad de Madrid, dentro
de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, se encuentra la Comisión de Tutela de la Dirección General
de la Familia y del Menor, que es el órgano colegiado y cuyas funciones
son:
- Asumir y ejercer, en el ámbito
territorial de la Comunidad de Madrid, las medidas de protección de los menores
y cuantas otras decisiones deban adoptarse, atendiendo siempre al interés
superior del menor, en los términos establecidos en la legislación vigente.
- Declarar la idoneidad y
aceptación de ofrecimientos de los solicitantes de adopción nacional e
internacional y acogimiento familiar.
- Establecer orientaciones y
criterios generales para el mejor ejercicio de las actuaciones de protección de
los menores residentes en la Comunidad de Madrid.
Por tanto, será el responsable de
decidir la urgencia Social de los menores en riesgo social.
Fue en el año 2014 cuando este
órgano firma con la Dirección General de Educación Infantil y Primaria un
acuerdo por el que se pretende dar solución a estas situaciones familiares
excepcionales.
Quien realiza el análisis de
estas situaciones de riesgo serán los servicios sociales municipales, quienes,
por ser la administración más próxima a los ciudadanos, conocen la problemática
que viven las familias en ese entorno.
Así, los servicios sociales
presentan la solicitud a la Comisión de Tutela del Menor, que será quien
dictamine la situación de “urgencia social”.
El director de los servicios
sociales recibirá la solicitud junto con un informe social y una propuesta de 3
centros públicos, ordenados por prioridad y cercanía al domicilio.
La Comisión de Tutela
del Menor remitirá entonces al centro el dictamen de Urgencia Social y la
documentación pertinente.
Los niños con este dictamen serán
escolarizados en un centro de primer o segundo ciclo de Educación Infantil de
la Comunidad de Madrid, y estarán exentos del pago de cuotas de escolaridad y
comedor a partir del momento de emisión del dictamen.
Será la Dirección General de
Innovación, Becas y Ayudas a la Educación quien abonará el importe comedor
escolar.
Los últimos datos con los que contamos
son del ejercicio 2014 en el que se realizaron un total de 179 Dictámenes de
urgencia Social en la Comunidad de Madrid, en lo que se concedieron 114
exenciones de pago del comedor escolar con plaza escolar incluida, y 65
exenciones de pago del comedor escolar incluida la plaza escolar, aunque ya la
estaban ocupando con anterioridad. De la totalidad de dictámenes, 136 plazas
fueron otorgadas en escuelas infantiles y 43 en CEIP.
El seguimiento de la plaza
concedida será realizado de forma conjunta por los servicios sociales
municipales, la dirección de la escuela y el trabajador social del equipo de
Atención Temprana de la zona.
Los centros de la Comunidad de
Madrid que tengan matriculados niños en situación de urgencia social podrán
superar la ratio hasta en 2 plazas por encima de la capacidad total del centro.
La
educación y la igualdad de oportunidades
La educación es uno de los campos
de actuación de los poderes públicos que, tanto por sus beneficios económicos
como sociales, se considera uno de los pilares fundamentales para la sociedad.
Se considera que el nivel
educativo es un elemento principal para la igualdad de oportunidades, pues
afectará de manera fundamental a la empleabilidad de la persona y a su nivel de
ingresos, evitando así la exclusión social.
Está demostrado que las situaciones
de pobreza son transmitidas generación tras generación, por lo que la educación
se convierte en una variable que determinará la reproducción o la reversión de
esa pobreza.
Casi 12,9 millones de
personas en España, un 27,9% de la población total, viven en riesgo de pobreza
y exclusión y, a pesar de que en 2015 y 2016 esta cifra se redujo en un punto
porcentual, aún estamos muy lejos de cumplir con el compromiso europeo de
reducirlos en 1,5 millones para 2019.
Pero este dato es aún más
alarmante si nos referimos a los menores, entendidos éstos como la población de
0 a 18 años. Es este intervalo de edad, el porcentaje de población que se
encuentra en situación de pobreza y exclusión social alcanza el 32,9% de esta
población.
En Madrid, según un informe publicado
por el Ayuntamiento de la capital con datos de cierre de 2016, un 28% de las
familias madrileñas se encuentran en esta situación.
Es por ello por lo que los
servicios públicos están obligados, entre otros, a garantizar el acceso y la
permanencia en la educación a los menores en situación de mayor vulnerabilidad,
ya que de otra forma se estarían perpetuando en el tiempo su situación de
exclusión social.
Como profesor, ¿te habías
planteado alguna vez que tenemos la posibilidad de conseguir reducir los niveles
de pobreza a través de nuestra diminuta y casi imperceptible aportación en la
educación?
Porque, aunque no lo creas, de
todos nosotros depende que un niño se motive con la escuela y sea capaz de
romper con las estadísticas y acceder, independientemente de su origen social y
situación económica y familiar, a un mundo lleno de posibilidades… porque todo
el mundo se merece una oportunidad en la vida… y en nuestra mano está que esa
oportunidad se vuelva real.
Que buen reportaje Maite, muchas gracias. Soy educadora social y he trabajado en servicios sociales en el distrito de Ciudad Lineal durante casi 10 años. Durante ese tiempo, estuve en contacto con todo tipo de problemáticas sociales, y, en concreto con menores en riesgo que es el ámbito que expone tu post. Son de vital importancia la fluidez y rapidez a la hora de garantizar un buen servicio, fluidez en cuanto a trabajo conjunto entre los centros escolares y los servicios sociales, y rapidez en detectar posibles casos y actuar con antelación. El compromiso y la implicación de los profesionales de estos equipos interdisciplinares, es fundamental para el lograr que un niño vuelva a sentir ilusión no solo por volver al colegio, sino por la vida en sí misma.
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